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Alcaldía de Rivera reglamenta horarios para actividades de cargue y descargue del 31 de julio al 11 de agosto de 2025

A través del Decreto 080 de 2025, la Administración Municipal de Rivera, en cabeza del señor Alcalde, Luis Humberto Alvarado Guzmán, reglamentó de manera temporal los horarios para el cargue y descargue de mercancías en la zona urbana, con el fin de garantizar la movilidad, la seguridad vial y la convivencia ciudadana durante la temporada de alta afluencia de visitantes y actividades propias del municipio.

🕗 Horario autorizado:
Del 31 de julio al 11 de agosto de 2025, se permitirá el cargue y descargue de mercancías únicamente entre las 7:30 p.m. y las 11:00 p.m.

🚫 Restricción:
Fuera de este horario, queda prohibida la realización de actividades de cargue y descargue, salvo casos excepcionales previamente autorizados por la Secretaría de Gobierno Municipal.

👮 Control y vigilancia:
La Policía Nacional, en conjunto con la Secretaría de Gobierno, será responsable de hacer cumplir esta medida y aplicar las sanciones correspondientes según lo establecido en la normatividad vigente.

📣 Divulgación y socialización:
El Decreto será publicado en los canales oficiales de la Alcaldía y socializado con los gremios de comerciantes, transportadores y ciudadanía en general.

📝 Vigencia:
El Decreto entra en vigencia a partir de su publicación y tendrá aplicación entre el 31 de julio y el 11 de agosto del presente año.

Esta medida responde al compromiso de la Alcaldía de Rivera con la seguridad vial, el orden público y el desarrollo armónico del municipio, en cumplimiento de las normas legales que rigen el tránsito, la movilidad y la convivencia ciudadana.

Para más información, consulte el Decreto completo en 👉 www.rivera-huila.gov.co o comuníquese con la Secretaría de Gobierno Municipal.

DECRETO 080 DE 2025

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